Disposicion de chimeneas en los establecimientos

Una de las cuestiones más planteadas a las  Entidades Colaboradoras en la gestión de Licencias urbanísticas de actividad, es la posible exención de disponer de chimenea en establecimientos donde se requiera cocinas mediante la instalación de equipos de filtrado y recirculación.

El pasado 28 de Junio de 2013 la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, a la vista del informe elaborado por la Subdirección General de Calidad y Evaluación Ambiental sobre la Consulta Urbanística ref. 19/11 de la Comisión Técnica de seguimiento e interpretación de la OMTLU, emitió una Instrucción de criterios a aplicar en este aspecto que diferencia claramente dos situaciones:

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